¿Cómo alquilar tu casa en vacaciones en Galicia y no ser sancionado en el intento?

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¿Cómo alquilar tu casa en vacaciones en Galicia y no ser sancionado en el intento?

En Galicia, el alquiler de apartamentos y viviendas turísticas se rige actualmente por el Decreto 52/2011, de 24 de marzo, por el que se establece la ordenación de apartamentos y viviendas turísticas en la Comunidad Autónoma. Si bien, se encuentra ya en redacción una nueva norma cuya pretensión es poner fin al auge del alquiler vacacional a través de aplicaciones web como Airbnb o Housetrip.

En el proyecto de Decreto que se está preparando, que inicialmente iba a ser aprobado antes del verano (marcando un período de seis meses de “adaptación”), se establecen nuevos requisitos legales para poder alquilar, de forma legal, nuestras viviendas o apartamentos.

 

¿Qué tipo de viviendas se incluyen en la regulación?

Las que se alquilen por un período inferior a 30 días consecutivos y dos veces al año. Puede ser cualquier residencia y pasaría a tener un uso residencial privado y otro turístico (se pueden alternar). Debe contar con licencia de primera ocupación y seguro de responsabilidad civil. Las comunidades de vecinos pueden oponerse a éstas siempre que esté recogido en sus estatutos.

 

¿Qué requisitos mínimos deben cumplir las viviendas que se alquilen?

Deben estar amuebladas y disponer de enseres, tener calefacción (menos si funcionan solo de junio a septiembre), número de teléfono 24 horas, un rótulo indicando que existen hojas de reclamación, un libro-registro con partes de entrada-salida (para poder notificar a la Guardia Civil quien alquila) y una declaración responsable (el dueño debe pagar una tasa de 56,26 euros).

 

¿Tienen que señalizarse con un rótulo exterior?

No, porque la Xunta no garantiza al inquilino la calidad que exige a otros establecimientos, como en el caso de las viviendas turísticas.

 

¿Serán inspeccionadas por la Xunta y ésta limitará su número?

Una vez se registren, la Xunta tendrá capacidad para realizar una comprobación inicial. El borrador no prevé un número máximo de viviendas, pero sí indica que los ayuntamientos tendrán competencia de ordenación.