Ley de segunda oportunidad: el concurso express para las personas físicas

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La Ley Concursal regula en sus artículos 37 bis y siguientes el concurso de acreedores sin masa. El concurso de personas físicas sin masa, conocido como concurso express, es un procedimiento mediante el cual, el deudor (persona física o autónomo), acredita que no dispone de bienes suficientes para hacer frente a las deudas o que los bienes que dispone no son suficientes ni tan siquiera para hacer frente al proceso concursal.

Ley de Segunda Oportunidad
Concurso express para las personas físicas

¿Quién puede solicitar el concurso sin masa o concurso express?

Puede solicitarlo el deudor que cumpla con alguno de estos requisitos:

1. Que carezca de bienes legalmente embargables:

Por ejemplo, la persona que cobra el salario mínimo interprofesional o que los bienes que tenga sean necesarios para desempeñar su actividad profesional.

2. Que tenga bienes embargables pero que la realización de éstos bienes fuera manifiestamente desproporcionada respecto al previsible valor venal.

Por ejemplo, el deudor tiene un coche de 10 años de antigüedad. Dicho vehículo podría ser embargado y subastado pero si la deuda que tiene es de 400.000€, no parece razonable embargar y subastar ese vehículo ya que el dinero que se obtendría por él no alcanzaría para pagar ni mínimamente la cantidad adeudada.

3.Que los bienes del deudor libres de cargas fueran de valor inferior previsible al coste del procedimiento.

4.Que los gravámenes y cargas existentes sobre los bienes del deudor lo sean por importe superior al valor de mercado de esos bienes.

Por ejemplo: el deudor tiene una finca con un valor de 50.000€, pero que sobre esa finca existan cargas por valor de 60.000€.

En resumen: puede solicitarlo cualquier deudor que no disponga de bienes suficientes con los que saldar las cantidades adeudadas.

¿Qué es exactamente el concurso express?

Se denomina express por su tramitación es más sencilla y económica que un concurso normal (concurso con masa). Se inicia con la presentación del escrito de solicitud y se acompaña de la documentación necesaria que acredite que se dan los requisitos necesarios para tramitar el concurso sin masa o concurso express.

Es necesario aportar un listado de activos (propiedades del deudor) especificando su valoración y cargas.

Es necesario también aportar un listado de pasivos (todas las deudas pendientes conocidas), especificando la cuantía e identificando a cada acreedor.

Además es muy importante adjuntar una memoria. En este documento debemos indicar las circunstancias económicas de las personas y toda la información que resulte de interés para acreditar la viabilidad y el cumplimiento de los requisitos mencionados.

¿Cómo se tramita el procedimiento?

Una vez que se cumplen los requisitos, el Juez emitirá un auto declarando el concurso de acreedores especificando que se trata de un concurso sin masa y se publica en el Boletín Oficial del Estado y se concede plazo de 15 días hábiles a los acreedores para que puedan solicitar un administrador concursal.

Los acreedores tienen dos opciones: o bien solicitar el nombramiento del administrador concursal para que realice un informe (por si el concurso puede ser declarado culpable) o bien no solicitar el administrador concursal (es lo más habitual).

En el caso de que no se hubiese solicitado el administrador concursal por parte de los acreedores, es el momento de solicitar la exoneración del pasivo insatisfecho. Para ello es necesario aportar documentación adicional que prevé la Ley (antecedentes penales, declaración de la renta de los últimos tres años…).

Una vez finalizado, el Juzgado dictará Auto para la concesión de la exoneración del pasivo insatisfecho: el deudor queda libre de las deudas.

¿Qué ocurre si me admiten el concurso?

Si el procedimiento se tramita correctamente el cliente (deudor) puede exonerarse del 100% de las deudas (exoneración del pasivo insatisfecho). Por tanto, las personas que se acojan al concurso express pueden acceder a la exoneración.

¿Cuánto cuesta el procedimiento?

El concurso express es mucho más barato que un concurso con masa. Los honorarios de los profesionales que intervienen (abogados y procuradores) son pactados con el cliente antes del inicio del procedimiento, sin sorpresas.

El concurso express es ideal para aquellas personas físicas o autónomos que no puedan hacer frente a sus deudas. A través de este procedimiento se concede una segunda oportunidad a las personas, que podrán reiniciar desde cero su actividad económica sin el lastre de esas deudas.

Para iniciar este tipo de procedimientos es indispensable contar con un buen asesoramiento desde el principio. En Laterna Abogados somos especialistas en concursos de personas físicas y ley de segunda oportunidad, así que no dudes en consultar con nuestro despacho de abogados.