Resumen rápido (para leer en 30 segundos)
- Qué pasa: en una liquidación de gananciales pueden quedar bienes o deudas fuera del inventario por error, desconocimiento o confusión.
- Solución habitual: la acción de adición o complemento permite incorporar lo omitido sin “empezar de cero” (según el caso).
- Claves: identificar el bien/deuda, acreditarlo con documentos y actuar con asesoramiento de abogado y procurador.
- Ojo: si se firmó una cláusula de “darse por pagados” o hubo renuncia expresa, puede cambiar la viabilidad.
Ejemplos típicos de omisiones
Cuentas bancarias, devoluciones de impuestos, vehículos, participaciones, indemnizaciones, créditos entre cónyuges, préstamos/avales, deudas con Hacienda/Seguridad Social, etc.
La omisión de bienes en la liquidación de la sociedad de gananciales es un tema que genera muchas dudas y confusiones entre las partes involucradas. Este asunto se refiere a la situación en la que ciertos bienes o deudas no son considerados durante el proceso de liquidación de una sociedad de gananciales. En este artículo, analizaremos cómo puede subsanarse esta omisión y qué procedimientos son necesarios para ello.
Entender cómo funciona la liquidación de bienes gananciales es crucial para evitar problemas y garantizar una distribución justa entre las partes. A continuación, profundizaremos en los aspectos legales y prácticos relacionados con la omisión de bienes en la liquidación de la sociedad de gananciales.
Índice de Contenidos
- 1 ¿Olvidó incluir bienes o deudas en la liquidación de gananciales?
- 2 ¿Es posible la adición de bienes omitidos en la liquidación de gananciales?
- 3 ¿Cuándo procederá la acción de adición o complemento en la liquidación de gananciales?
- 4 ¿Cabe que prospere la acción de adición si las partes han manifestado darse por pagadas?
- 5 ¿Prescribe la liquidación de gananciales?
- 6 ¿Se puede modificar una liquidación de gananciales?
- 7 Preguntas frecuentes sobre la liquidación de gananciales
- 8 Preguntas frecuentes sobre la omisión de bienes en gananciales
¿Olvidó incluir bienes o deudas en la liquidación de gananciales?
La omisión de bienes o deudas puede ser involuntaria y tiene diversas implicaciones legales. Si durante la liquidación se descubren bienes que no fueron incluidos, es importante saber que existe un procedimiento para corregir esta situación.
La acción de adición a la liquidación de gananciales se presenta como la solución. Esta acción permite que se incorporen bienes omitidos que, de otro modo, quedarían fuera del inventario definitivo de la liquidación. A menudo, estos bienes pueden haber sido considerados privativos o simplemente no se habían identificado en el momento de la liquidación inicial.
- Identificación de bienes omitidos.
- Presentación de la acción de adición.
- Intervención de abogado y procurador.
- Revisión de acuerdos previos.
Es fundamental documentar adecuadamente los bienes omitidos y tener toda la información necesaria para respaldar la reclamación. Esto no solo facilitará el proceso, sino que también garantizará que se respeten los derechos de ambas partes.
¿Es posible la adición de bienes omitidos en la liquidación de gananciales?
Sí, es posible. La acción de adición a la liquidación de gananciales está contemplada en el Código Civil español, específicamente en los artículos 1.079 y 1.410. Esta acción permite la inclusión de bienes que no se consideraron en la liquidación original.
La jurisprudencia ha respaldado esta posibilidad, incluso después de que se haya realizado la partición de los bienes. Esto es importante porque permite a las partes corregir errores o malentendidos que podrían afectar la equidad de la liquidación.
Sin embargo, para que la adición sea válida, no debe haberse producido una renuncia expresa a los derechos sobre esos bienes. Es crucial que las partes mantengan una comunicación clara y honesta durante el proceso de liquidación.
¿Cuándo procederá la acción de adición o complemento en la liquidación de gananciales?
La acción de adición o complemento puede proceder en diversas circunstancias. Generalmente, se recomienda actuar tan pronto como se identifiquen los bienes omitidos. No hay un plazo específico establecido en la legislación, lo que significa que la acción puede presentarse en cualquier momento, siempre y cuando no haya habido renuncia de derechos.
Es importante destacar que la acción debe ser interpuesta ante el mismo juzgado que llevó a cabo la liquidación inicial. Esto asegura que el proceso sea manejado correctamente y que se respeten todas las normativas legales.
Las siguientes condiciones son clave para que la acción sea aceptada:
- Existencia de bienes no incluidos en el inventario original.
- No haber renunciado a los mismos.
- Intervención de un abogado y procurador.
¿Cabe que prospere la acción de adición si las partes han manifestado darse por pagadas?
La respuesta es sí; aunque las partes hayan manifestado que se dan por pagadas, la acción de adición puede prosperar, siempre y cuando se demuestre que los bienes omitidos no se incluyeron intencionalmente y que no hubo una renuncia expresa a esos derechos.
La jurisprudencia ha establecido que la buena fe en la liquidación se considera fundamental. Si se demuestra que la omisión fue involuntaria, la acción de adición puede ser admitida por el juez, permitiendo así la inclusión de los bienes omitidos.
Sin embargo, es recomendable asesorarse legalmente para evaluar la viabilidad de esta acción en función de las circunstancias específicas de cada caso.
¿Prescribe la liquidación de gananciales?
La liquidación de gananciales no prescribe en un plazo específico según el Código Civil español. Esto significa que las partes tienen la opción de presentar acciones de adición o complementarias en cualquier momento, siempre que no haya habido una renuncia a esos derechos.
Este aspecto es crucial ya que permite a las partes revisar y corregir cualquier error que haya surgido durante la liquidación. La posibilidad de actuar en cualquier momento garantiza que se puedan resolver situaciones de injusticia o malentendidos.
Sin embargo, siempre es recomendable actuar con prontitud, ya que la documentación y la evidencia pueden volverse más difíciles de obtener con el tiempo.
¿Se puede modificar una liquidación de gananciales?
Sí, la liquidación de gananciales puede ser modificada bajo ciertos supuestos. La legislación prevé la posibilidad de corregir errores en la liquidación inicial, siempre y cuando no haya habido renuncia de derechos.
La modificación puede llevarse a cabo mediante la presentación de la acción de adición a la liquidación de gananciales, asegurando que los bienes omitidos sean debidamente considerados.
Además, la intervención de un abogado es fundamental en este proceso para garantizar que todos los pasos legales se sigan correctamente y que se respeten los derechos de ambas partes.
Preguntas frecuentes sobre la liquidación de gananciales
¿Qué dice el artículo 1277 del Código Civil?
El artículo 1277 del Código Civil establece que “los contratos deben ejecutarse de buena fe, conforme a lo pactado”. Esto implica que las partes deben cumplir con lo acordado en la liquidación de bienes gananciales. Si se omiten bienes, se puede solicitar su inclusión a través de la acción de adición.
¿Qué pasa si no se liquida la sociedad de gananciales?
Si no se liquida la sociedad de gananciales, las partes pueden enfrentar confusiones sobre la propiedad de los bienes y las deudas. Además, pueden surgir conflictos que complicarían la situación patrimonial. Por esta razón, es recomendable llevar a cabo la liquidación lo más pronto posible.
¿Qué dice el artículo 310 del Código Civil?
El artículo 310 del Código Civil hace referencia a las obligaciones en las que se pueden incurrir. Aunque este artículo no trata específicamente sobre la liquidación de gananciales, establece el marco general de cumplimiento de obligaciones que se aplican a estos casos.
¿Cuándo prescribe la liquidación de gananciales?
Como mencionamos anteriormente, la liquidación de gananciales no tiene un plazo de prescripción establecido, lo que permite que las partes puedan interponer acciones de adición en cualquier momento, siempre que no haya habido renuncia a derechos. Esto es un aspecto muy positivo para aquellos que necesiten corregir situaciones anteriores.
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