Embargos sobre el salario o pensión: ¿Es posible un segundo embargo? 

Comparte

En el ámbito legal, es importante comprender las reglas y limitaciones relacionadas con los embargos sobre el salario o la pensión para poder proteger nuestros derechos y mantener un equilibrio financiero.

Uno de los interrogantes más comunes es si se puede practicar un segundo embargo sobre una nómina o pensión mientras persiste el primero.

En este artículo, responderemos a esta pregunta y exploraremos las implicaciones legales de esta situación.

¿Es posible un segundo embargo sobre la nómina o pensión? 
¿Es posible un segundo embargo sobre la nómina o pensión? 

¿Se puede realizar un segundo embargo sobre una nómina o pensión al mismo tiempo?

En principio, la respuesta es no. Según el artículo 610.1 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), los bienes o derechos embargados pueden ser reembargados, pero solo si se han satisfecho los derechos de los ejecutantes a cuya instancia se decretaron los embargos anteriores.

Sin embargo, existe una excepción a esta regla. Si al aplicar el segundo embargo no se perjudica al acreedor del embargo anterior, sí se podría embargar doblemente la nómina o pensión al mismo tiempo.

Es importante tener en cuenta que esta excepción solo se aplica si el derecho del embargante anterior no se ve afectado por el segundo embargo. En caso de que el segundo embargo perjudique al acreedor anterior, este último deberá haber satisfecho por completo su crédito antes de que se pueda aplicar un segundo embargo.

¿Qué parte de la nómina o pensión se puede embargar?

Cuando se trata de embargar una nómina o pensión, la Ley de Enjuiciamiento Civil establece limitaciones específicas sobre la cantidad que se puede embargar. Según el artículo 607.2 de la LEC, solo se puede embargar la parte de la nómina o pensión que exceda del salario mínimo interprofesional (SMI).

A continuación, se detallan las reglas para el embargue según la cuantía que exceda del SMI:

  1. Hasta el doble del SMI: se puede embargar hasta un 30%.
  2. Hasta el triple del SMI: se puede embargar hasta el 50%.
  3. Hasta cuatro veces el SMI: se puede embargar hasta el 60%.
  4. Hasta cinco veces el SMI: se puede embargar hasta el 75%.
  5. A partir de seis veces el SMI en adelante: se puede embargar hasta el 90%.

Es importante tener en cuenta que estas reglas se aplican cuando el embargo es resultado de una ejecución de sentencia de una pensión de alimentos que la persona embargada tiene la obligación legal de pagar. En este caso, el porcentaje embargado puede variar.

¿Qué sucede si se hace un segundo embargo a una pensión o nómina ya embargada?

Si se realiza un segundo embargo sobre una nómina o pensión que ya está sujeta a un embargo anterior y esto perjudica al acreedor del embargo anterior, el segundo embargo deberá ser declarado nulo. En este caso, se deberá volver a embargar la nómina o pensión del deudor una vez que el acreedor anterior haya satisfecho por completo su crédito.

El objetivo de esta regla es garantizar que el acreedor del embargo anterior tenga la prioridad en el cobro de sus derechos antes de que se pueda aplicar un segundo embargo.

La Ley de la Segunda Oportunidad y la cancelación de deudas

Si te encuentras en una situación en la que tienes embargos en curso o prevés que puedan llegar en el futuro, es importante que conozcas tus opciones legales. Una de estas opciones es la Ley de la Segunda Oportunidad (de la que ya os hablamos en otros artículos), la cual te permite solicitar la cancelación de tus deudas de manera legal y solicitar la paralización de los embargos. 

La Ley de la Segunda Oportunidad te brinda la posibilidad de cancelar tus deudas y evitar futuros embargos. Una vez que tus deudas han sido canceladas de acuerdo con esta ley, ya no existirá motivo para embargar tu nómina u otros bienes.

En conclusión, es importante tener en cuenta las limitaciones legales relacionadas con los embargos sobre el salario o la pensión. En principio, no se puede practicar un segundo embargo sobre una nómina o pensión al mismo tiempo, a menos que no se perjudique al acreedor del embargo anterior.

Además, existen reglas específicas sobre la cantidad que se puede embargar, dependiendo de la cuantía que exceda del salario mínimo interprofesional.

Si te encuentras en una situación de embargo, es recomendable buscar asesoramiento legal para proteger tus derechos y explorar las opciones disponibles para cancelar tus deudas.

Si estás interesado en obtener asesoramiento sobre la cancelación de deudas y la Ley de la Segunda Oportunidad, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, te brindaremos asesoramiento personalizado y de calidad.