¿Un nuevo caso Bankia?

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No hace ni cinco años desde que saltó a los medios de comunicación el “caso Bankia” y la historia, parece, que se vuelve a repetir, esta vez con el Banco Popular como protagonista.

En 2016, el Banco Popular cerraba su ampliación de capital superando las expectativas iniciales y logrando 3.401,3 millones de euros (900 millones de euros más de los 2.500 previstos inicialmente). Tal éxito parecía apuntalar la solvencia de una entidad financiera que estaba entredicho. No fue así.

Después de que la autoridad bancaria europea denominada Junta Única de Resolución haya declarado como “entidad inviable”el Banco Popular amortizando todas sus acciones, la pregunta que se hacen los accionistas es “¿qué puedo hacer ahora?”.

Diferentes vías

Las vías son varias. Centrándonos en la vía civil (sin perjuicio de las acciones penales que se puedan iniciar contra el Banco Popular y sus gestores), los accionistas, como aconteció en el caso Bankia, podrán solicitar indemnización por los daños y perjuicios ocasionados (la pérdida de su dinero). Para ello será necesario demostrar que la información que se recogía en el folleto de emisión de la reciente ampliación no era real y que resultaba imposible para los accionistas advertir la situación real de la entidad

Junto a esto, otra acción frecuente en reclamación de abusos bancarios es la de anulabilidad por error o vicio en el consentimiento que se da cuando el banco ofrece la adquisición de unos títulos por medio de falsedades, omisiones de información relevante, o manifestaciones engañosas

Sea como fuere, lo cierto es que la declaración de “entidad inviable” del Banco Popular ha provocado un aluvión de consultas de los accionistas de cómo proceder para tratar de recuperar el dinero que les ha sido “expropiado” sin indemnización alguna, y que ha dejado a multitud de pequeños minoristas (que confiaban en los organismos reguladores y de control) sin sus ahorros

José Luis Barral Alvedro

Socio Director de Laterna Abogados

Artículo La Voz de Galicia